Artículo 16. Estructura básica.
Artículo 16 del Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Investigación y se aprueba su Estatuto. · BOE-A-2015-12889
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-12.
Texto consolidado
1. La Agencia contará, bajo la dependencia jerárquica de la persona titular de su Dirección, con una Dirección de Gestión Científica y Tecnológica, una Dirección de Programación y Seguimiento Económico, una Secretaría General y una Unidad de Apoyo.
2. La Dirección de Gestión Científica y Tecnológica contará con las siguientes subdirecciones: la Subdirección de Evaluación, la Subdirección de Programas Temáticos y la Subdirección de Programas Horizontales e Internacionalización.
3. La Dirección de Programación y Seguimiento Económico contará con las siguientes subdirecciones: la Subdirección de Procedimientos de Concesión, la Subdirección de Seguimiento Económico y la Subdirección de Fondos Europeos.
4. La Secretaría General contará con la Subdirección de Gestión Económica de Ayudas.
5. Los titulares de la Secretaría General, direcciones y subdirecciones indicadas en este artículo tendrán la consideración de personal directivo a los efectos del artículo 30.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-25269.