Artículo 16. Organización del Apoyo a la Fuerza.
Artículo 16 de la Orden DEF/707/2020, de 27 de julio, por la que se desarrolla la organización básica de la Armada. · BOE-A-2020-8635
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-29.
Texto consolidado
1. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito del recurso humano de la Armada será realizado por la Jefatura de Personal.
2. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito del recurso de material de la Armada será realizado por la Jefatura de Apoyo Logístico.
3. El Apoyo a la Fuerza en el ámbito del recurso financiero de la Armada será realizado por la Dirección de Asuntos Económicos.