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Orden Derogada

Artículo 16. Atribuciones.

Artículo 16 de la Orden de 24 de abril de 1986 por la que se regula el vuelo en ultraligero. · BOE-A-1986-11068

Atención: BOE-A-1986-11068 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El carné de Piloto de Ultraligeros faculta a su poseedor para actuar como piloto al mando de cualquier ultraligero, y en aquellos en que el mando aerodinámico sea por desplazamiento del centro de gravedad, cuando esté debidamente calificado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-05-08.

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