Artículo 16.
Artículo 16 de la Ley Foral 24/2014, de 2 de diciembre, reguladora de los colectivos de usuarios de cannabis en Navarra. · BOE-A-2014-13626
Atención: Ley Foral 24/2014 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los clubes de personas consumidoras de cannabis podrán nombrar socios o socias honoríficas a aquellas personas que reciban de la asociación tal calificación por su aportación al estudio, investigación o desarrollo del cannabis. Dicha consideración deberá ser aprobada por la asamblea general a propuesta de la junta directiva.