Artículo 16. Comparecencias de los senadores o de las senadoras.
Artículo 16 de la Ley 9/2010, de 7 de julio, de designación de Senadores o Senadoras en representación de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2010-12423
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-30.
Texto consolidado
1. Los grupos parlamentarios podrán solicitar la comparecencia de los senadores y de las senadoras designados en representación de la Comunitat Valenciana para que informen sobre temas relacionados con la actividad parlamentaria, siguiendo el procedimiento que el Reglamento de Les Corts establezca para las comparecencias de los miembros del Consell.
2 y 3 (Suprimidos).
Se suprimen los apartados 2 y 3 por el art. 8 y 9 de la Ley 8/2019, de 29 de noviembre. Ref. BOE-A-2020-446
Se declara la inconstitucionalidad y nulidad de los apartados 2 y 3, en la redacción dada por la Ley 10/2016, de 28 de octubre, por Sentencia 123/2017, de 2 de noviembre. Ref. BOE-A-2017-13227
Se suspende la vigencia y aplicación de los apartados 2 y 3 en la redacción dada por la Ley 10/2016, de 28 de octubre, desde el 28 de julio de 2017 para las partes en el proceso y desde el 27 de septiembre de 2017 para los demás, por providencia del TC de 19 de septiembre de 2017, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4061/2017. Ref. BOE-A-2017-10957
Téngase en cuenta que se declara la pérdida del objeto del recurso de inconstitucionalidad 4061/2017, por Sentencia del TC 141/2017, de 30 de noviembre. Ref. BOE-A-2018-284
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-446.