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Ley Vigente

Artículo 16.

Artículo 16 de la Ley 7/1984, de 13 de julio, de Relaciones entre el Consejo de Gobierno y la Junta General del Principado de Asturias. · BOE-A-1984-19765

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-08-12.

Texto consolidado

1. La cuestión de confianza se presentará en escrito motivado ante la mesa de la Junta General, acompañado de la correspondiente certificación del Consejo de Gobierno.

2. Admitido a trámite el escrito en que se plantee la cuestión de confianza, el Presidente de la Junta dará cuenta de él a la Junta de Portavoces y convocará al Pleno para su debate, que se desarrollará conforme al procedimiento establecido en el Reglamento y transcurridas al menos veinticuatro horas desde su presentación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-08-12.

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