Artículo 16. Designación.
Artículo 16 de la Ley 6/2009, de 9 de octubre, de creación del Organismo Autónomo "Boletín Oficial de la Región de Murcia". · BOE-A-2011-2549
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-12.
Texto consolidado
El gerente del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia se designará entre funcionarios de carrera que pertenezcan a cuerpos y escalas para cuyo ingreso se exija estar en posesión del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente, tendrá el máximo nivel administrativo y su provisión se ajustará al régimen general de provisión de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración regional.