Artículo 16. Principios generales.
Artículo 16 de la Ley 5/2013, de 12 de abril, para la defensa de los consumidores en la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2013-4464
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-01.
Texto consolidado
1. Los legítimos intereses económicos y sociales de los consumidores deberán ser respetados en los términos establecidos en esta ley, así como en su normativa de desarrollo y en la legislación general sobre defensa del consumidor.
2. En los casos de concurrencia entre esta ley y la normativa autonómica de competencia de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se resolverá de acuerdo con la condición más beneficiosa para el consumidor.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-404.