Artículo 16. Modificaciones de crédito.
Artículo 16 de la Ley 5/2012, de 7 de junio, de Estabilidad Presupuestaria de Aragón. · BOE-A-2012-9063
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-19.
Texto consolidado
Aquellas modificaciones presupuestarias del sector público autonómico que supongan un aumento de la necesidad de financiación en términos de contabilidad nacional estarán condicionadas a la garantía de estabilidad presupuestaria y a la sostenibilidad financiera, de acuerdo con lo previsto en la presente Ley.