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Ley Vigente

Artículo 16. Registro de Museos y Colecciones Museográficas.

Artículo 16 de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Museos de las Illes Balears. · BOE-A-2003-8439

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-04.

Texto consolidado

1. Se crea el Registro Insular de Museos y Colecciones Museográficas, adscrito a cada uno de los consejos insulares. Bajo la dependencia de la consejería competente en materia de cultura del Gobierno de las Illes Balears se crea el Registro General de Museos y Colecciones Museográficas que estará integrado por los registros insulares.

2. Reglamentariamente se dispondrá la organización y el funcionamiento de los mencionados registros y su ordenamiento y gestión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-04-04.

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