Artículo 16. Concurso público.
Artículo 16 de la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco. · BOE-A-2011-18152
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-04-01.
Texto consolidado
1. La contratación del personal docente e investigador de la universidad se hará mediante concurso público, con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad. Podrán participar todas las personas de cualquier nacionalidad que cumplan los requisitos establecidos en la presente ley y en el resto del ordenamiento jurídico y los específicos que figuren en la respectiva convocatoria.
2. No será de aplicación el régimen de concurso y procederá la contratación directa en el caso de profesores o profesoras visitantes y profesoras o profesores eméritos. En todo caso, el número total de éstos no podrá superar el 5 por 100 del total del profesorado contratado.