Artículo 16. Potestad sancionadora.
Artículo 16 de la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal. · BOE-A-2011-13114
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-30.
Texto consolidado
1. La potestad sancionadora regulada en esta ley se ejercerá de conformidad con lo dispuesto en la presente ley y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. La potestad sancionadora corresponderá a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.