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Ley Vigente

Artículo 16. Potestad sancionadora.

Artículo 16 de la Ley 23/2011, de 29 de julio, de depósito legal. · BOE-A-2011-13114

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-30.

Texto consolidado

1. La potestad sancionadora regulada en esta ley se ejercerá de conformidad con lo dispuesto en la presente ley y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. La potestad sancionadora corresponderá a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-01-30.

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