Artículo 16. Comisión de Relaciones con Entidades, Centros y Profesionales de Seguridad Privada.
Artículo 16 de la Ley 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña. · BOE-A-2007-15546
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-09-04.
Texto consolidado
El Instituto de Seguridad Pública de Cataluña se relaciona con las federaciones y asociaciones de empresas de seguridad privada, los centros de formación homologados y los profesionales colegiados del ámbito de la seguridad privada mediante la Comisión de Relaciones con Entidades, Centros y Profesionales de Seguridad Privada. Esta comisión es un órgano colegiado de participación institucional de carácter complementario y consultivo.