El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 16. Renovación de los títulos.

Artículo 16 de la Ley 1/2023, de 23 de febrero, por la que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en la Región de Murcia. · BOE-A-2023-9292

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-09-08.

Texto consolidado

El título de familia monoparental se deberá renovar o cancelar, además de cuando se haya agotado su periodo de vigencia, cuando varíe cualquiera de las condiciones que dieron lugar a la expedición del título o a una renovación posterior y ello comporte un cambio de categoría o la pérdida de la condición de familia monoparental. También deberá renovarse o cancelarse cuando alguno de los hijos o hijas deje de cumplir las condiciones para figurar como integrante de la familia monoparental, aunque esto no comporte modificación de la categoría en que esté clasificada o la pérdida de tal condición.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-09-08.

Más artículos de Ley 1/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.