Artículo 16. Participación e intercambios de personal en programas científicos o formativos.
Artículo 16 de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica. · BOE-A-2003-10292
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-05.
Texto consolidado
El Instituto podrá celebrar convenios con otras administraciones, organismos o entidades de investigación en los que se contemple la participación de personal del Instituto en sus programas científicos o formativos, así como, recíprocamente, contemplar la participación del personal de esas administraciones, organismos o entidades en los programas del Instituto. Los Estatutos del Instituto establecerán las condiciones a las que habrán de ajustarse estos convenios.
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