Artículo 16. Participaciones de Consejeros.
Artículo 16 del Instrumento de Ratificación del Convenio entre el Reino de España y el Reino de Noruega para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y Protocolo, hecho en Madrid el 6 de octubre de 1999. · BOE-A-2001-678
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-18.
Texto consolidado
Las participaciones y otras retribuciones similares que un residente de un Estado contratante obtenga como miembro de un Consejo de Administración u órgano similar de una sociedad residente del otro Estado contratante pueden someterse a imposición en ese otro Estado.
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