Artículo 16. Publicidad de la contratación.
Artículo 16 del Decreto-ley 4/2020, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica. · BOA-d-2020-90247
Atención: Decreto-ley 4/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Sin perjuicio de las obligaciones de publicación de los centros gestores competentes derivadas de la normativa de contratación del sector público y de la normativa de transparencia, los contratos que se celebren para poner en marcha las medidas contenidas en la Estrategia Aragonesa para la Recuperación Social y Económica por cualquier entidad del sector público autonómico deberán comunicarse en el momento de su adjudicación al Departamento competente en materia de contratación, que dispondrá lo necesario para garantizar la publicidad centralizada de los datos esenciales de los contratos adjudicados.
2. La dirección general competente en materia de contratación dictará las instrucciones necesarias para concretar la forma y procedimiento de comunicación y los datos que deben ser comunicados.
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