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Ley Vigente

Artículo 16 bis. Ejercicio de la acción popular en determinados procedimientos penales específicos en materia de consumo.

Artículo 16 bis de la Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón. · BOE-A-2007-3601

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-05.

Texto consolidado

Las administraciones públicas de Aragón, dentro de sus competencias en materia de consumo, podrán ejercer la acción popular, en la forma y condiciones establecidas por la legislación procesal, en procedimientos penales por hechos ocurridos en el ámbito de la comunidad autónoma y que afecten de manera grave a una amplia pluralidad de personas incluidas en los colectivos especialmente protegibles de esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-05.

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