El Vínculo El Vínculo.
Acuerdo Vigente

Artículo 16. Convocatoria.

Artículo 16 del Acuerdo de 17 de diciembre de 2025, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2025, sobre provisión de plazas de nombramiento discrecional en órganos judiciales. · BOE-A-2025-26555

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-26.

Texto consolidado

1. Las vacantes de las plazas objeto de este reglamento se anunciarán para su cobertura, inmediatamente de producidas, en el «Boletín Oficial del Estado», mediante la publicación del acuerdo de convocatoria del órgano competente del Consejo General del Poder Judicial y ésta se resolverá en el plazo máximo de seis meses siguientes a la fecha de publicación.

No obstante, la convocatoria podrá realizarse con anterioridad razonable a la producción de la vacante a efectos de facilitar su continuada cobertura en régimen de titularidad.

2. La convocatoria expresará los requisitos y méritos que deban cumplir las personas aspirantes a la fecha de su publicación. Si la publicación de la convocatoria es anterior a la fecha de producción de la vacante por aplicación del párrafo segundo del apartado anterior, los requisitos y méritos deberán reunirse a la fecha de la producción de la vacante.

3. La convocatoria distinguirá según se trate de plazas de carácter estrictamente jurisdiccional, gubernativo, o jurisdiccional y gubernativo.

4. La convocatoria y sus bases vinculan al Consejo General del Poder Judicial y a quienes participan en el procedimiento selectivo. Una vez publicadas solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-12-26.

Más artículos de BOE-A-2025-26555

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2025-26555 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.