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Ley Vigente

Artículo 159. Modificación de la Ley 15/1990 en relación con la regulación del Servicio Catalán de la Salud.

Artículo 159 de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público. · BOE-A-2014-2999

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-31.

Texto consolidado

1. Se deroga la letra b del artículo 9 de la Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña.

2. Se modifica la letra m del artículo 10 de la Ley 15/1990, que queda redactada del siguiente modo:

«m) El acuerdo de nombramiento y de cese de los vocales del Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud, en los casos y en la forma establecidos por la presente ley.»

3. Se modifica el artículo 12 de la Ley 15/1990, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 12. Órganos de dirección y de gestión.

El Servicio Catalán de la Salud se estructura en los siguientes órganos centrales de dirección y de gestión:

a) El Consejo de Dirección.

b) El Director.

c) Las unidades que se establezcan por acuerdo del Consejo de Dirección.»

4. Se añade una letra, la m bis, al apartado 1 del artículo 14 de la Ley 15/1990, que queda redactada del siguiente modo:

«m bis) Aprobar la estructura en unidades del Servicio Catalán de la Salud.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-31.

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