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Ley Vigente

Artículo 159.

Artículo 159 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias · BOE-A-1990-23140

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-08-21.

Texto consolidado

Todos los ciudadanos tienen derecho a dirigirse a cualquier autoridad u órgano municipal para realizar peticiones o evacuar consultas o propuestas sobre las actuaciones municipales en la forma regulada por la Ley.

La consulta deberá ser realizada mediante escrito y será contestada en los términos previstos en la legislación general.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-08-21.

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