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Ley Vigente

Artículo 158. Gestión directa e indirecta.

Artículo 158 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears. · BOE-A-2007-1893

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-31.

Texto consolidado

1. Los servicios públicos locales pueden gestionarse en forma directa o indirecta.

2. En ningún caso pueden prestarse por gestión indirecta, ni mediante sociedad mercantil de capital social exclusivamente local, los servicios públicos que impliquen ejercicio de autoridad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-31.

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