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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 157. Hecho imponible.

Artículo 157 del Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2004-90019

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-01.

Texto consolidado

Constituye el hecho imponible de la tasa la realización, por el Comité Ético de Investigación Clínica de Aragón (CEICA), de las actuaciones dirigidas a la evaluación de los ensayos clínicos y estudios posautorización prospectivos con medicamentos y productos sanitarios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-01.

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