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Ley Vigente

Artículo 156. Ámbito organizativo y de competición.

Artículo 156 de la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13669

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-03.

Texto consolidado

1. La competencia en materia organizativa y de competición se extiende sobre las cuestiones siguientes: el acceso, la exclusión, la organización, la ordenación y el funcionamiento de la competición federativa, además de sobre la concesión o la denegación de las licencias y habilitaciones deportivas.

2. El ejercicio de la competencia de control de legalidad deportiva en el ámbito organizativo corresponde:

a) A los órganos competentes de las federaciones deportivas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, en el ámbito de la competición federada.

b) En segunda instancia, en vía administrativa de recurso, al Tribunal del Deporte de las Illes Balears.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-03.

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