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Ley Orgánica Vigente

Artículo 152

Artículo 152 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar. · BOE-A-1987-16791

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-05-01.

Texto consolidado

Contra el acuerdo del Juez Togado militar o Tribunal Militar Territorial, imponiendo la sanción, podrá interponerse, en plazo de tres días, recurso de audiencia en justicia ante los respectivos órganos judiciales, que lo resolverán en el siguiente día. Contra este acuerdo o contra el de imposición de sanción, en el caso de que no se hubiese utilizado el recurso de audiencia en justicia, cabrá recurso de alzada, en el plazo de cinco días, ante la Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central.

Contra el acuerdo de imposición de la corrección de la Sala de Justicia del Tribunal Militar Central sólo cabrá recurso de súplica ante la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1988-05-01.

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