Artículo 152. Principios generales.
Artículo 152 de la Ley 7/2003, de 9 de diciembre, de ordenación sanitaria de Galicia. · BOE-A-2004-742
Atención: Ley 7/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Xunta de Galicia velará por la coordinación entre los sistemas sanitario y educativo de Galicia, a fin de conseguir una mayor adecuación de la formación de los profesionales a las necesidades de salud de la población.
2. La red gallega de atención sanitaria de utilización pública estará en disposición de ser aprovechada para la docencia de pregrado y de posgrado, a cuyo efecto se establecerán los convenios de colaboración oportunos.
3. La Consellería de Sanidad promoverá la formación continuada de los profesionales sanitarios, con el objetivo de adecuar sus conocimientos y habilidades a las necesidades del sistema sanitario de Galicia.