Artículo 152. Sujeto pasivo.
Artículo 152 de la Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales. · BOE-A-2020-443
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
1. Tienen la condición de sujetos pasivos de la tasa por la estancia de buques, en concepto de contribuyente y, además, de forma solidaria, el propietario, el naviero y el capitán o el patrón del buque.
2. Tiene la condición de sujeto pasivo de esta tasa, en concepto de sustituto del contribuyente, el consignatario del buque cuando este se encuentra consignado.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-953.