Artículo 151. Consejo del centro.
Artículo 151 del Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2026-5715
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-13.
Texto consolidado
1. El Consejo del centro asociado es el órgano colegiado de asesoramiento de la Dirección y de supervisión del funcionamiento del centro.
2. Estará compuesto por:
a) La persona titular de la Dirección.
b) Una persona representante del profesorado tutor.
c) Una persona representante del personal técnico, de gestión y de administración y servicios.
d) Una persona representante del estudiantado.
3. Asistirán, con voz y sin voto, la persona titular de la Secretaría, las personas que ejerzan de coordinadoras y, en su caso, las personas titulares de las subdirecciones y de la Gerencia.
4. Sus funciones y organización serán recogidas en su reglamento de régimen interior.