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Real Decreto Vigente

Artículo 151. Modelos y numeración de certificaciones.

Artículo 151 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. · BOE-A-2001-19995

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-04-26.

Texto consolidado

1. Las certificaciones se ajustarán al modelo del anexo XI que será de uso obligatorio para la Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y restantes entidades públicas estatales sujetas a la Ley.

2. Las certificaciones, aunque concurran varias entidades a la financiación, se numerarán correlativamente para cada contrato.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-04-26.

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