Artículo 151. Difusión del resultado de las evaluaciones.
Artículo 151 de la Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria. · BOE-A-2009-1174
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-02-13.
Texto consolidado
1. El Gobierno de Cantabria presentará periódicamente al Parlamento de Cantabria un informe sobre los principales indicadores del sistema educativo cántabro, las conclusiones de los resultados de las evaluaciones educativas y las recomendaciones planteadas a partir de ellas.
2. La Consejería de Educación publicará periódicamente las conclusiones de interés general de las evaluaciones efectuadas por los organismos responsables de la evaluación y dará a conocer los principales indicadores del sistema educativo cántabro.