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Ley Vigente

Artículo 151. De la inspección urbanística.

Artículo 151 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. · BOE-A-2016-3191

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-03-19.

Texto consolidado

1. La inspección urbanística es la actividad que los órganos administrativos competentes en materia de edificación y uso del suelo han de realizar con la finalidad de comprobar que una y otro se ajustan al ordenamiento urbanístico.

2. El personal funcionario adscrito a la inspección y vigilancia urbanística, en el ejercicio de sus funciones, tendrá la consideración de agente de la autoridad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-03-19.

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