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Ley Vigente

Artículo 150. Plan Estratégico Audiovisual.

Artículo 150 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual. · BOE-A-2022-11311

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-09.

Texto consolidado

1. Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, a propuesta de la autoridad audiovisual competente y previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, se aprobará, cada seis años, un plan estratégico audiovisual que incluya, en todo caso, los siguientes apartados:

a) Diagnóstico.

b) Perspectivas de futuro.

c) Líneas de trabajo.

d) Implementación y seguimiento del plan.

2. Los resultados de la implementación del plan previsto en el apartado 1 serán objeto de publicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-09.

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