Artículo 15[sic]. Finalidad.
Artículo 15[sic] de la Ley 7/1985, de 8 de noviembre, de Honores, Condecoraciones y Distinciones de la Comunidad Autónoma de la Region de Murcia. · BOE-A-1986-2790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-21.
Texto consolidado
Con el fin de promocionar y divulgar los aspectos culturales y de otra índole que configuran la identidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, así como para concienciar, solidarizar e implicar a la sociedad murciana en la implantación de valores para la convivencia pacífica y en la lucha contra problemáticas de diversa naturaleza, el Consejo de Gobierno podrá declarar la conmemoración de días regionales.