Artículo 15. Medidas de fomento a la producción de largometrajes.
Artículo 15 del Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa. · BOE-A-2011-11641
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-31.
Texto consolidado
(Derogado)
Se deroga, con efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2014, por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 16/2013, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2013-11331.#vigesimacuarta-2.
Se modifica, con efectos desde el 1 de julio de 2012, por la disposición final 29 de la Ley 2/2012, de 29 de junio. Ref. BOE-A-2012-8745.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras..
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- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa.