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Real Decreto-ley Vigente

Artículo 15. Ampliación del plazo de ejecución de los programas industriales.

Artículo 15 del Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. · BOE-A-2024-23422

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-13.

Texto consolidado

1. El órgano concedente de las ayudas relativas a los programas a que se refiere el artículo anterior, cuando los establecimientos industriales a que se refieran los proyectos se encuentren ubicados en los municipios del anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, otorgará, de oficio, una ampliación del plazo para la ejecución de dichos proyectos de 24 meses, que comenzará a computar desde el 28 de octubre de 2024.

2. La ampliación del plazo recogida en el apartado anterior también se aplicará al programa de Agrupaciones Empresariales Innovadoras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-11-13.

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