Artículo 15. Naturaleza jurídica y composición.
Artículo 15 del Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores. · BOE-A-2001-15221
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-05.
Texto consolidado
La sociedad gestora se constituirá con forma de sociedad anónima y sus socios serán las empresas de servicios de inversión adheridas al fondo en los términos del presente Real Decreto.