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Real Decreto Vigente 3 redacciones

Artículo 15. Recursos económicos y patrimonio.

Artículo 15 del Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad. · BOE-A-2001-16975

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-09-11.

Texto consolidado

1. Los bienes y medios económicos del Real Patronato son los siguientes:

a) Los bienes y valores que constituyan el patrimonio, así como los productos y rentas del mismo.

b) Las transferencias y subvenciones que anualmente se consignen en los Presupuestos Generales del Estado.

c) Los ingresos de derecho público o privado que le corresponden y, en particular, los que procedan del desarrollo de las actividades relacionadas con los fines del Real Patronato.

d) Las donaciones, legados y otras aportaciones de entidades privadas y de particulares.

e) Cualesquiera otros recursos económicos, ordinarios o extraordinarios que esté legalmente autorizado a percibir.

2. El régimen patrimonial será el establecido en el artículo 101 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Su anterior numeración era art. 12.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-09-11.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-17928.

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