Artículo 15. Prohibición de fumar en los vehículos oficiales.
Artículo 15 del Real Decreto 663/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Parque Móvil del Estado, O.A. · BOE-A-2022-12927
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-22.
Texto consolidado
De acuerdo con lo dispuesto en Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, está terminantemente prohibido fumar en los vehículos oficiales del Parque Móvil del Estado, O.A.