Artículo 14. Cumplimiento de las normas de tráfico, circulación y seguridad vial.
Artículo 14 del Real Decreto 663/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Parque Móvil del Estado, O.A. · BOE-A-2022-12927
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-22.
Texto consolidado
Los conductores del Parque Móvil del Estado, O.A., deberán prestar una especial atención y extremar todos los cuidados y medidas pertinentes para el más estricto cumplimiento de toda la normativa vigente en materia de tráfico, circulación, control de la velocidad máxima permitida y seguridad vial.