Artículo 15. Secretaría del Consejo Rector.
Artículo 15 del Real Decreto 65/2026, de 3 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas. · BOE-A-2026-2553
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-05.
Texto consolidado
La persona titular de la Secretaría General de la Agencia ejercerá la Secretaría del Consejo Rector, asistiendo a las sesiones del Consejo con voz, pero sin voto. A la secretaría del Consejo Rector le corresponderán las funciones a que hace referencia el artículo 16 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. En los casos de vacante, ausencia enfermedad u otra causa legal de la persona titular de la Secretaría General de la Agencia, corresponderá a la Dirección de la Agencia la designación de la persona que ejerza la Secretaría del Consejo Rector.