Artículo 15. Actuaciones de control.
Artículo 15 del Real Decreto 5/1997, de 10 de enero, por el que se regula el subsidio por desempleo en favor de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social. · BOE-A-1997-582
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-01-01.
Texto consolidado
El Instituto Nacional de Empleo y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán planes integrados comprensivos de las actuaciones a realizar en materia de control y verificación de lo dispuesto en la presente norma, en los que se contemplarán los correspondientes apoyos informáticos y las colaboraciones que resulten precisas de otros organismos de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales. Los referidos planes integrados serán objeto de consulta previa a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
Asimismo, se establecerán planes específicos de control a desarrollar por el Instituto Nacional de Empleo con la colaboración de los agentes sociales, para la eliminación de las situaciones de percepción irregular de los fondos públicos destinados al subsidio.
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