Artículo 15. Retirada de la exención por categorías.
Artículo 15 del Real Decreto 378/2003, de 28 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, en materia de exenciones por categorías, autorización singular y registro de defensa de la competencia. · BOE-A-2003-7744
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-28.
Texto consolidado
1. (Derogado)
2. (Derogado)
3. (Derogado)
4. (Derogado)
5. Si en el curso del procedimiento el beneficiario de la exención solicitara una autorización singular, ésta se acumulará al expediente de retirada de la exención y el Servicio incluirá también la calificación de la solicitud de autorización en el informe que remita el Tribunal.
Se derogan los apartados 1 a 4 por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero. Ref. BOE-A-2008-3646.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia..
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