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Real Decreto Vigente

Artículo 15. Utilización de productos de un solo uso reprocesados.

Artículo 15 del Real Decreto 192/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan los productos sanitarios. · BOE-A-2023-7416

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-23.

Texto consolidado

1. No se permitirá la venta al público de productos reprocesados.

2. No se permitirá la adquisición y utilización en España de productos que hayan sido transferidos a un tercer país para su reprocesamiento.

3. Los hospitales deberán informar a los pacientes de la utilización en su hospital de productos reprocesados por su propio centro.

4. Los productos reprocesados únicamente podrán utilizarse en los hospitales en un único paciente y durante un único proceso.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-23.

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