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Real Decreto Derogada

Artículo 15. Retribución de la actividad de distribución.

Artículo 15 del Real Decreto 1747/2003, de 19 de diciembre, por el que se regulan los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares. · BOE-A-2003-23756

Atención: Real Decreto 1747/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El coste reconocido a cada empresa distribuidora sujeta al procedimiento de liquidaciones será el establecido en el Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-01-01.

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