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Real Decreto Derogada

Artículo 15. La secretaría general.

Artículo 15 del Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y se aprueba su estatuto. · BOE-A-2007-19491

Atención: Real Decreto 1495/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Corresponde a la secretaría general:

a) La tramitación de los expedientes de adquisición de bienes y servicios y la habilitación de material.

b) La gestión de todo tipo de suscripciones y de la inserción de anuncios en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil».

c) La gestión de los ingresos y gastos, la realización de los cobros y pagos y la gestión de la tesorería.

d) La gestión financiera.

e) La gestión de la contabilidad.

f) La preparación del anteproyecto anual de presupuesto y de los programas de acción anuales y plurianuales, así como el seguimiento y control de los mismos y, en general, todos los asuntos económicos de la Agencia.

g) La formación y mantenimiento actualizado de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles, tanto propios como adscritos.

h) La custodia, administración, conservación y mantenimiento de los bienes inmuebles, adscritos o en propiedad, de la agencia y la tramitación de los expedientes de adquisición, arrendamiento, adscripción y su desadscripción.

i) La seguridad, régimen interior, asuntos generales y la coordinación e inspección de las unidades, instalaciones y servicios de la agencia.

j) El servicio médico de empresa y la implantación de medidas de prevención, higiene y seguridad en el trabajo.

k) Cualquier otra que le encomienden el consejo rector o el director.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-11-14.

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