Artículo 15. Tenencia y transmisión de participaciones societarias.
Artículo 15 del Real Decreto 1208/2018, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan los títulos Preliminar, II y III de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. · BOE-A-2018-13186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-09-30.
Texto consolidado
1. Cuando el alto cargo poseyera participaciones societarias en los términos previstos en el artículo 14 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, presentará la correspondiente declaración indicándose los siguientes datos:
a) Nombre, objeto social y denominación de la empresa en la que se participa.
b) Porcentaje de participación del alto cargo en las empresas.
c) Indicación de los conciertos o contratos, de cualquier naturaleza, que la empresa haya suscrito con el sector público estatal, autonómico o local que se hallen en ejecución en el momento de la declaración.
d) Indicación de las subvenciones provenientes de cualquier Administración Pública que haya recibido la empresa.
e) Fecha de la transmisión de la participación y naturaleza de la misma.
2. Una vez que se haya realizado la transmisión de dichas participaciones societarias, el alto cargo dispondrá de un mes para comunicarlo a la Oficina de Conflictos de Intereses.
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