Artículo 15.
Artículo 15 del Real Decreto 1167/1977, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Delineantes de Obras Públicas. · BOE-A-1977-12920
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1977-06-20.
Texto consolidado
Los funcionarios en prácticas deberán seguir con resultados satisfactorios un curso selectivo y un período de prácticas, si así se hubiese determinado en la convocatoria.