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Real Decreto Vigente

Artículo 15. Publicidad.

Artículo 15 del Real Decreto 1001/2003, de 25 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos de Minas y de Facultativos y Peritos de Minas, y de su Consejo General. · BOE-A-2003-15968

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-08-10.

Texto consolidado

El ingeniero técnico de minas evitará toda forma de competencia desleal y deberá atenerse en su publicidad a las normas que establezcan los órganos de gobierno del colegio de acuerdo con la Ley General de Publicidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-08-10.

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