Artículo 15 quater. Aplicación supletoria.
Artículo 15 quater de la Orden de 25 de noviembre de 1966 por la que se regula la colaboración de las Empresas en la gestión del Régimen General de la Seguridad Social. · BOE-A-1966-21078
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-09.
Texto consolidado
Será aplicable a la modalidad de colaboración voluntaria regulada en esta Sección, lo previsto en los artículos 10, 11 y 12, así como en los números 4 y 6 del artículo 14.
Esta modificación produce efectos desde el 1 de enero de 1993, según establece la disposición final 1 de la citada Orden.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1998-10722.