Artículo 15. Financiación de la oficina de asignación.
Artículo 15 de la Orden TED/1032/2024, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla la plataforma electrónica de gestión y la oficina de asignación de recogidas de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. · BOE-A-2024-19391
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-02.
Texto consolidado
La oficina de asignación se financiará por los productores de AEE a través de la totalidad de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor, ya sean individuales o colectivos, y que formen parte de aquélla. La cuantía a aportar por cada sistema será proporcional a su cuota de mercado.
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